{"id":54967,"date":"2022-03-16T08:56:37","date_gmt":"2022-03-16T11:56:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.senderomultimedios.com.ar\/?p=54967"},"modified":"2022-03-15T23:32:50","modified_gmt":"2022-03-16T02:32:50","slug":"un-abordaje-sobre-la-violencia-de-genero-y-violencia-familiar-temas-que-nos-atraviesan-como-sociedad-y-que-nos-involucran-a-todos-primera-parte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.senderomultimedios.com.ar\/un-abordaje-sobre-la-violencia-de-genero-y-violencia-familiar-temas-que-nos-atraviesan-como-sociedad-y-que-nos-involucran-a-todos-primera-parte\/","title":{"rendered":"Un abordaje sobre la Violencia de G\u00e9nero y Violencia Familiar, temas que nos atraviesan como sociedad y que nos involucran a todos – Primera Parte"},"content":{"rendered":"

Por Francisco N. Garc\u00eda, abogado (T\u00ba2 F\u00ba186 CAN – T\u00ba 60 F\u00ba 773 CFAMDP) y profesor de la Facultad de Derecho UNMDP.<\/strong><\/em><\/p>\n

En el presente art\u00edculo hemos de analizar en dos partes dos tem\u00e1ticas que suelen confundirse, mezclarse, cada una con regulaci\u00f3n jur\u00eddica espec\u00edfica y que sin dudas nos atraviesan en forma permanente como sociedad, y que claramente no podemos desconocer porque estas tem\u00e1ticas no solo las visualizamos en las noticias, sino que d\u00eda a d\u00eda encontramos que las mismas salen a la luz, nos interpelan, y necesitan que conozcamos qu\u00e9 hacer o c\u00f3mo ayudar.<\/p>\n

En esta primera parte se ha de analizar el concepto de Violencia de G\u00e9nero y de Violencia contra las mujeres, suelen utilizarse como sin\u00f3nimos debido a que provenimos de una sociedad en la que el g\u00e9nero se define de manera binaria, cuesti\u00f3n que sin dudas debemos superar, ya que el concepto de violencia de g\u00e9nero es m\u00e1s amplio. Permite pensar que violencia ocurre debido a desigualdades de g\u00e9nero que son estructurales y que ubican a las mujeres y a las personas con identidades de g\u00e9nero diversas en condiciones de subordinaci\u00f3n respecto de los varones.<\/p>\n

Entonces, para quedarnos con una primera definici\u00f3n, la Violencia de G\u00e9nero es cualquier tipo de violencia f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual, econ\u00f3mica y simb\u00f3lica ejercida contra cualquier persona sobre la base de su g\u00e9nero. Constituye una violaci\u00f3n de los Derechos Humanos de las mujeres y de las personas con identidades de g\u00e9nero diversas a la vez que obstaculiza el ejercicio de la autonom\u00eda personal (f\u00edsica, econ\u00f3mica y en la toma de decisiones). \u201c\u00bfSon los varones v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero? NO, los varones NO son v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero. Aunque muchas veces se encuentran en situaciones de violencia, no entran ni en la definici\u00f3n ni en la legislaci\u00f3n de violencia de g\u00e9nero, porque esas situaciones no son consecuencia de una inequidad y asimetr\u00eda hist\u00f3rica\u201d que los sit\u00faen en una situaci\u00f3n de subordinaci\u00f3n.<\/p>\n

En el a\u00f1o 1994 a partir de la Convenci\u00f3n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer \u2013 Bel\u00e9m do Par\u00e1, que fue ratificada por Argentina por la Ley 24632 se le dio jerarqu\u00eda Constitucional lo que obliga a los Estados a implementar pol\u00edticas para prevenir, sancionar y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres y reafirmar la idea de que la violencia contra las mujeres no puede ser considerada ni enfrentada s\u00f3lo como una expresi\u00f3n de la violencia intrafamiliar, sino que es una problem\u00e1tica tanto de la esfera privada como p\u00fablica.<\/p>\n

La violencia de g\u00e9nero en Argentina<\/strong><\/p>\n

La Ley 26.485 define en nuestro pa\u00eds la violencia contra las mujeres como \u201ctoda conducta, acci\u00f3n u omisi\u00f3n, que de manera directa o indirecta, tanto en el \u00e1mbito p\u00fablico como en el privado, basada en una relaci\u00f3n desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual, econ\u00f3mica o patrimonial, como as\u00ed tambi\u00e9n su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes\u201d.<\/p>\n

En Argentina, existe un antecedente de esta ley: la 24.417 de Protecci\u00f3n de la Violencia Familiar. All\u00ed, la violencia contra las mujeres se limita al \u00e1mbito privado, familiar, dom\u00e9stico. Por el contrario, la ley vigente es una versi\u00f3n superadora ya que ampl\u00eda el concepto de violencia y reconoce diferentes modalidades. La violencia en el \u00e1mbito familiar o dom\u00e9stico es una de las modalidades de violencia, y lo novedoso es que reconoce a la violencia contra las mujeres como un fen\u00f3meno estructural y social que no se reduce al \u00e1mbito privado.<\/p>\n

Ahora bien, qu\u00e9 tipos de violencia encontramos:<\/p>\n

F\u00cdSICA – La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, da\u00f1o o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato o agresi\u00f3n que afecte su integridad f\u00edsica.<\/p>\n

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PSICOL\u00d3GICA – La que causa da\u00f1o emocional y disminuci\u00f3n de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricci\u00f3n, humillaci\u00f3n, deshonra, descr\u00e9dito, manipulaci\u00f3n o aislamiento.<\/p>\n

SEXUAL – Cualquier acci\u00f3n que implique la vulneraci\u00f3n en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a trav\u00e9s de amenazas, coerci\u00f3n, uso de la fuerza o intimidaci\u00f3n, incluyendo la violaci\u00f3n dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, as\u00ed como la prostituci\u00f3n forzada, explotaci\u00f3n, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.<\/p>\n

ECON\u00d3MICA Y PATRIMONIAL – La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos econ\u00f3micos o patrimoniales de la mujer, a trav\u00e9s de la perturbaci\u00f3n de la posesi\u00f3n, tenencia o propiedad de sus bienes, p\u00e9rdida, sustracci\u00f3n, destrucci\u00f3n, retenci\u00f3n o distracci\u00f3n indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.<\/p>\n

SIMB\u00d3LICA – La que a trav\u00e9s de patrones estereotipados, mensajes, valores, \u00edconos o signos transmita y reproduzca dominaci\u00f3n, desigualdad y discriminaci\u00f3n en las relaciones sociales, naturalizando la subordinaci\u00f3n de la mujer en la sociedad.<\/p>\n

Estos tipos de violencia pueden darse en distintos \u00e1mbitos, as\u00ed es que nos encontramos con:<\/p>\n

VIOLENCIA DOM\u00c9STICA: que es la ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio f\u00edsico donde \u00e9sta ocurra, que da\u00f1e la dignidad, el bienestar, la integridad f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual, econ\u00f3mica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.<\/p>\n

VIOLENCIA INSTITUCIONAL: Aquella realizada por las\/los funcionarias\/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier \u00f3rgano, ente o instituci\u00f3n p\u00fablica, que tenga como fin retardar,\u00a0obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las pol\u00edticas p\u00fablicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, adem\u00e1s, las que se ejercen en los partidos pol\u00edticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil.<\/p>\n

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La violencia de g\u00e9nero es estructural<\/strong><\/p>\n

Esto significa que est\u00e1 arraigada tanto culturalmente como socialmente, m\u00e1s all\u00e1 de que en estos tiempos se ha logrado visibilizar, y en este sentido cabe decir que el femicidio es la expresi\u00f3n m\u00e1s visible y fatal de muchas otras formas de violencia m\u00e1s sutiles, con las que ni\u00f1as y mujeres conviven en forma cotidiana. Tan cotidiana, que muchas veces no es percibida como violencia por ellas mismas, o es naturalizada como un ingrediente \u201chabitual\u201d de los noviazgos y las relaciones de pareja.<\/p>\n

Para prevenir la forma m\u00e1s extrema de violencia es necesario trabajar en la transformaci\u00f3n de una cultura que naturaliza la discriminaci\u00f3n y subordinaci\u00f3n de las mujeres, expresada en formas de violencia psicol\u00f3gica, f\u00edsica, sexual, simb\u00f3lica, y que encuentra espacios para manifestarse en la vida social, familiar, laboral y p\u00fablica de las mujeres. Esta cuesti\u00f3n est\u00e1n tan arraigada que para ilustras transcribo algunos datos de encuesta realizada por el Equipo Latinoamericano de Justicia y G\u00e9nero, que arrojan datos que permiten afirmar el car\u00e1cter social y estructural de la violencia contra las mujeres, ya que de dicho informe se desprende que m\u00e1s del 90 por ciento de las mujeres no acepta formas abiertas de discriminaci\u00f3n y violencia en las relaciones de pareja, 3 de cada 10 mujeres lo considera un asunto privado que, como tal, debe resolverse en el seno familiar, cuestiones que nos demuestran que resta mucho por hacer respecto de la toma de conciencia de que la violencia es una problem\u00e1tica social que trasciende al \u00e1mbito privado. De los informes de estos organismos se desprende tambi\u00e9n que la violencia psicol\u00f3gica ejercida en el marco de las relaciones de pareja afecta a 1 de cada 2 mujeres, y entre las conductas de violencia psicol\u00f3gica se destacan la amenaza de violencia econ\u00f3mica (amenaza de quita de apoyo econ\u00f3mico) y la violencia emocional (vinculada con los hijos e hijas), como as\u00ed tambi\u00e9n aparecen las conductas controladoras (d\u00f3nde va, con qui\u00e9n, por cu\u00e1nto tiempo) y la acusaci\u00f3n de infidelidad.<\/p>\n

La violencia f\u00edsica ejercida en el marco de las relaciones de pareja afecta a 2 de cada 10 mujeres, la violencia sexual en el marco de las relaciones de pareja afecta a casi el 20 por ciento y quienes la ejercen suelen pertenecer al entorno cercano a las mujeres: parejas (ex o actual), vecinos, amigos, mientras que la violencia sexual ejercida por personas desconocidas constituye menos del 5 por ciento de los casos.<\/p>\n

Tambi\u00e9n puede observarse que en las relaciones de pareja, los tipos de violencia se presentan interrelacionados, ya que casi la totalidad de las mujeres que fueron sometidas a violencia f\u00edsica por alguna pareja tambi\u00e9n denuncian haber sido sometidas a violencia psicol\u00f3gica, ocurriendo lo mismo en casos de personas afectadas por violencia sexual, como tambi\u00e9n debe decirse que las violencias est\u00e1n presentes en todos los niveles socioeducativos.<\/p>\n

El c\u00edrculo de la violencia<\/strong><\/p>\n

Es importante cuando analizamos estos temas tener en cuenta que necesitan de la intervenci\u00f3n y el acompa\u00f1amiento interdisciplinario, ya que no solo requieren de un adecuado asesoramiento legal, sino que resulta necesario el trabajo con profesionales m\u00e9dicos, psic\u00f3logos, trabajadores sociales, dada la complejidad que estas situaciones tienen, dado que tenemos que tener en cuenta que una mujer en situaci\u00f3n de violencia est\u00e1 inmersa en un c\u00edrculo vicioso del que es muy complicado alejarse.<\/p>\n

La mujer en muchos de estos casos est\u00e1 siendo manipulada f\u00edsica, psicol\u00f3gica y econ\u00f3micamente, se la ha alejado de sus redes de contenci\u00f3n, de all\u00ed que resulta importante que cada uno desde su lugar visualice la situaci\u00f3n, y acompa\u00f1e, y no caer en juicios de valor, que resultan ser muy comunes, tales como \u201cNo se va porque le gusta\u201d, \u201cEs adicta al sufrimiento\u201d, \u201cAlgo habr\u00e1 hecho para molestarlo\u201d o dem\u00e1s mitos que se han instalado durante mucho tiempo en nuestra sociedad.<\/p>\n

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A su vez, y esto hay que tenerlo como eje central para el an\u00e1lisis, la persona violenta no tiene excusas para su comportamiento. No es cierto que \u201cS\u00f3lo es violento cuando se emborracha\u201d o \u201cEst\u00e1 nervioso\u201d o \u201cEst\u00e1 enfermo\u201d ya que estas frases de protecci\u00f3n suelen ser generadas por las mismas v\u00edctimas y por miedo, ya que el c\u00edrculo de la violencia es una secuencia de eventos que se repiten c\u00edclicamente. En el mismo, se pueden reconocer tres fases:<\/p>\n

a) Fase de acumulaci\u00f3n de tensi\u00f3n: se caracteriza por el surgimiento de conflictos que antes no se ten\u00edan y la aparici\u00f3n de las primeras limitaciones a la libertad con el fin de evitarlos. La mujer empieza a cambiar ciertos comportamientos ante la actitud del agresor. \u201cNo me gusta que uses esa pollera\u201d, \u201cno me gusta que veas a tu amiga\u201d, \u201csiempre que te ves con tu mam\u00e1, volv\u00e9s y me cr\u00edticas\u201d. De esa manera, la mujer empieza a aislarse, limitando sus espacios y cerrando su red de contenci\u00f3n.<\/p>\n

b) Fase de explosi\u00f3n de la violencia y agresi\u00f3n: se caracteriza por un evento en el que la etapa de tensi\u00f3n explota. Una discusi\u00f3n muy fuerte, un empuj\u00f3n, un golpe. El evento de explosi\u00f3n se produce porque se han quebrado las reglas establecidas en la etapa de tensi\u00f3n.<\/p>\n

c) Fase de calma o reconciliaci\u00f3n \u201cLuna de miel\u201d: es el momento de \u201carrepentimiento\u201d, pedido de disculpas, promesas de cambio, regalos, ternura y un aparente cambio de actitud del agresor para retener a su mujer. \u201cTe prometo que voy a cambiar\u201d, \u201cNo s\u00e9 qu\u00e9 me pas\u00f3\u201d, \u201cNo puedo vivir sin vos\u201d son expresiones t\u00edpicas de esta fase de manipulaci\u00f3n afectiva. Sin embargo, al cabo de unas semanas, el ciclo de la violencia vuelve a empezar.<\/p>\n

Cada vez que el c\u00edrculo vuelve a empezar la persona est\u00e1 m\u00e1s debilitada, tiene menos autoestima, ha perdido contacto con sus redes de contenci\u00f3n, se siente m\u00e1s insegura, ha delegado m\u00e1s espacios y ha generado una falsa sensaci\u00f3n de dependencia del agresor de all\u00ed que resulta vital el acompa\u00f1amiento y buscar alternativas para tratar de sacar a la v\u00edctima del c\u00edrculo de la violencia.<\/p>\n

En s\u00edntesis, y para terminar con esta primera parte, debemos comprender que la violencia afecta a todas las mujeres sin distinci\u00f3n de edad, nivel educativo y situaci\u00f3n socioecon\u00f3mica, que esta situaci\u00f3n resulta ser una problem\u00e1tica social estructural que requiere de m\u00faltiples intervenciones, en donde adem\u00e1s de crear conciencia, de difundir los derechos a una vida libre de violencias, pueda contarse con pol\u00edticas p\u00fablicas que contribuyan a la existencia de un sistema de intervenci\u00f3n que brinde un servicio integral a las mujeres que atraviesan por situaciones de violencia, y un fuerte compromiso de todos para poder generar que las v\u00edctimas lleguen a procesos en donde puedan encontrar amparo, acompa\u00f1amiento y justicia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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