{"id":47356,"date":"2021-08-04T09:02:46","date_gmt":"2021-08-04T12:02:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.senderomultimedios.com.ar\/?p=47356"},"modified":"2021-08-04T12:54:20","modified_gmt":"2021-08-04T15:54:20","slug":"salud-mental-es-la-internacion-compulsiva-la-unica-terapia-eficaz","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.senderomultimedios.com.ar\/salud-mental-es-la-internacion-compulsiva-la-unica-terapia-eficaz\/","title":{"rendered":"Salud mental: \u00bfEs la internaci\u00f3n compulsiva la \u00fanica terapia eficaz?"},"content":{"rendered":"

Por Agustina Arrighi y Silvina Barber\u00eda, licenciadas en Psicolog\u00eda.<\/em><\/p>\n

La Ley de Salud Mental 26.657, sancionada en el a\u00f1o 2010, introduce un cambio en la concepci\u00f3n de la salud mental y su forma de abordarla, incluyendo a las personas con consumo problem\u00e1tico como objeto de intervenci\u00f3n.<\/p>\n

Con este nuevo paradigma se considera al sujeto como sujeto de Derecho, part\u00edcipe de su proceso de atenci\u00f3n, quien puede decidir acerca de dicho proceso: conociendo su padecer, las alternativas terap\u00e9uticas, los beneficios y perjuicios de las mismas, respetando los Derechos del paciente y garantizando la concreci\u00f3n de Derechos sociales y humanos.<\/p>\n

La Ley toma como punto de partida la presunci\u00f3n de capacidades del sujeto y NO sus limitaciones, facilitando as\u00ed, el desarrollo de las potencialidades del mismo. Siempre teniendo en cuenta el consentimiento informado del paciente (cuando \u00e9ste se encuentre capacitada para realizarlo).<\/p>\n

Se trata de trabajar, no s\u00f3lo con la persona que padece sino con los v\u00ednculos de la misma, su entorno y sus relaciones sociales, fortaleciendo, creando o restituyendo redes y lazos sociales.<\/p>\n

La Ley propone un abordaje interdisciplinario, donde se incluyen otros profesionales, t\u00e9cnicos y personas capacitadas, ampliando as\u00ed el campo profesional competente en la tem\u00e1tica: enfermerxs, trabajadores sociales, terapistxs ocupacionales, psicologxs y medicxs.<\/p>\n

All\u00ed donde anteriormente predominaba el modelo m\u00e9dico hegem\u00f3nico; se hace hincapi\u00e9 en lo intersectorial, extendi\u00e9ndose por fuera del \u00e1mbito de las instituciones de Salud. Por tal motivo, a partir de esta Ley se incorporan (o deber\u00edan incorporarse) otras \u00e1reas e instituciones como, Educaci\u00f3n, Deporte, trabajo, recreaci\u00f3n, Justicia, Desarrollo Social, etc.<\/p>\n

Cabe aclarar que los principios en los que se basa, la atenci\u00f3n que propone la Ley es de base Comunitaria, donde el sujeto que padece sea incluidx en distintos espacios, donde encuentre SU SER EN EL MUNDO.<\/p>\n

Es v\u00e1lido preguntarse si eso se condice con los datos conocidos en relaci\u00f3n al presupuesto que se destina al \u00e1rea de Salud Mental (a nivel mundial), siendo el mismo de un 2 por ciento del total, del cual el 80 por ciento va destinado a los Hospitales monovalentes\u2026<\/p>\n

En cuanto a la internaci\u00f3n, entiende a la misma, como un recurso terap\u00e9utico restrictivo que se llevar\u00e1 a cabo cuando aporte mayores beneficios terap\u00e9uticos.<\/p>\n

Establece que la misma debe ser breve y en Hospitales Generales. Aqu\u00ed nos preguntamos si las instituciones de Salud cuentan con personal formado, capacitado o seleccionado de acuerdo al perfil profesional pertinente, si las mismas cuentan con recursos materiales y humanos para abordar la tem\u00e1tica como corresponde. ..<\/p>\n

Muchxs de lxs personas que contin\u00faan institucionalizadas se debe a cuestiones y problemas sociales.<\/p>\n

La Ley tambi\u00e9n propone Casas de Medio Camino, Hogares de D\u00eda, Centro alternativos de convivencia donde los sujtxs encuentren un espacio donde alojarse, f\u00edsica y subjetivamente.<\/p>\n

Por lo que cabe preguntarse, las decisiones pol\u00edticas que deben tomarse, \u00bfhan ido en ese sentido de generar los recursos materiales y humanos para la concreci\u00f3n de dicha Ley?<\/p>\n

Los interrogantes que se abren son m\u00faltiples, y de eso se trata\u2026 de revisar nuestras pr\u00e1cticas tanto profesionales como ciudadanxs.<\/p>\n

Entonces quedar\u00eda librado a la buena voluntad de los actores intervinientes que la Ley se convierta en acci\u00f3n.<\/p>\n

\u00bfEs un problema la falta de capacitaci\u00f3n, formaci\u00f3n y selecci\u00f3n del personal id\u00f3neo?<\/p>\n

\u00bfSon las decisiones pol\u00edticas las que dificultan la aplicaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la Ley? En las excusas que podr\u00edamos ir advirtiendo, donde visualizar el compromiso, la responsabilidad, la desidia, las resistencias individuales, las historias personales\u2026 \u00bfQu\u00e9 har\u00eda falta revisar?<\/p>\n

Qu\u00e9 permitir\u00eda entender al padecimiento mental como aquello diferente, lo distinto, lo raro, la extra\u00f1eza, donde se deje de estigmatizar, como lo peligroso, lo temido\u2026<\/p>\n

\u00bfEs la internaci\u00f3n compulsiva la \u00fanica terap\u00e9utica eficaz?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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