{"id":46660,"date":"2021-07-12T09:42:07","date_gmt":"2021-07-12T12:42:07","guid":{"rendered":"https:\/\/www.senderomultimedios.com.ar\/?p=46660"},"modified":"2021-07-12T09:46:23","modified_gmt":"2021-07-12T12:46:23","slug":"que-dice-la-resolucion-que-oficializa-las-nuevas-restricciones-cambiarias-cuales-seran-los-plazos-para-liquidar-bonos-y-obtener-dolares","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.senderomultimedios.com.ar\/que-dice-la-resolucion-que-oficializa-las-nuevas-restricciones-cambiarias-cuales-seran-los-plazos-para-liquidar-bonos-y-obtener-dolares\/","title":{"rendered":"Qu\u00e9 dice la resoluci\u00f3n que oficializa las nuevas restricciones cambiarias: cu\u00e1les ser\u00e1n los plazos para liquidar bonos y obtener d\u00f3lares"},"content":{"rendered":"

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El Gobierno Nacional oficializ\u00f3 este lunes las\u00a0nuevas restricciones cambiarias con las que buscar\u00e1 contener la falta de d\u00f3lares\u00a0en estos meses preelectorales en los que se esperan fuertes presiones sobre la divisa norteamericana.<\/p>\r\n

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La\u00a0Comisi\u00f3n Nacional de Valores (CNV)<\/strong>\u00a0defini\u00f3 nuevas trabas para operar con bonos. De esta forma, el Poder Ejecutivo apunt\u00f3 al m\u00e9todo que utilizan los inversores para pasarse de pesos a d\u00f3lares por v\u00edas legales. El \u201ccontado con liquidaci\u00f3n\u201d pas\u00f3 de $ 140 a $ 170 en poco m\u00e1s de dos meses, en medio de un contexto sumamente favorable para la Argentina, con la soja llegando a los USD 600 y fuerte ingreso de divisas de los exportadores cerealeros.<\/p>\r\n

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En este marco, fue publicada hoy en el\u00a0Bolet\u00edn Oficial<\/strong>\u00a0la\u00a0Resoluci\u00f3n 895\/2021<\/strong>\u00a0que fija las\u00a0nuevas restricciones<\/strong>\u00a0y determina los\u00a0plazos para liquidar bonos.<\/strong>\u00a0Las medidas adoptadas aumentan los d\u00edas de\u00a0\u201cparking\u201d<\/em>: los inversores tardar\u00e1n m\u00e1s tiempo para dolarizarse. Pero como esto no es suficiente en medio de la presi\u00f3n cambiaria, tambi\u00e9n se definieron cupos estrictos de compra de bonos para evitar esta operatoria.<\/p>\r\n

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\u201cPara dar curso a operaciones de venta de Valores Negociables con liquidaci\u00f3n en moneda extranjera y en jurisdicci\u00f3n extranjera debe observarse un plazo m\u00ednimo de tenencia de dichos Valores Negociables en cartera de dos d\u00edas h\u00e1biles contados a partir de su acreditaci\u00f3n en el Agente Depositario\u201d<\/mark>, se estableci\u00f3 en el Art\u00edculo 2.<\/p>\r\n

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La norma aclara que este plazo m\u00ednimo de tenencia\u00a0\u201cno ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n cuando se trate de compras de Valores Negociables con liquidaci\u00f3n en moneda extranjera y en jurisdicci\u00f3n extranjera\u201d.\u00a0<\/strong>No obstante, en el caso de operaciones de venta de Valores Negociables con liquidaci\u00f3n en moneda extranjera y en jurisdicci\u00f3n local\u00a0\u201cel plazo m\u00ednimo de permanencia en cartera a observarse ser\u00e1 de un d\u00eda h\u00e1bil a computarse de igual forma\u201d.<\/mark>\u00a0Este plazo de tenencia tampoco ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n cuando se trate de compras de bonos en moneda extranjera.<\/p>\r\n

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\u201cPara dar curso a transferencias de Valores Negociables adquiridos con liquidaci\u00f3n en moneda nacional a entidades depositarias del exterior, debe observarse un plazo m\u00ednimo de tenencia de dichos Valores Negociables en cartera de dos d\u00edas h\u00e1biles, contados a partir su acreditaci\u00f3n en el Agente Depositario, salvo en aquellos casos en que la acreditaci\u00f3n en dicho Agente Depositario sea producto de la colocaci\u00f3n primaria de valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional o se trate de acciones y\/o Certificados de Dep\u00f3sito Argentinos (CEDEAR) con negociaci\u00f3n en mercados regulados por la Comisi\u00f3n Nacional de Valores\u201d<\/mark>, se explic\u00f3 en la oficializaci\u00f3n de la medida. En este punto, los Agentes de Liquidaci\u00f3n y Compensaci\u00f3n y los Agentes de Negociaci\u00f3n deber\u00e1n constatar el cumplimiento del plazo m\u00ednimo de permanencia de los valores negociables antes referido.<\/p>\r\n

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Por otra parte, los Valores Negociables acreditados en el\u00a0Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN)<\/strong>, provenientes de entidades depositarias del exterior,\u00a0\u201cno podr\u00e1n ser aplicados a la liquidaci\u00f3n de operaciones en moneda extranjera y en jurisdicci\u00f3n extranjera hasta tanto hayan transcurrido dos d\u00edas h\u00e1biles desde la citada acreditaci\u00f3n en la\/s subcuenta\/s en el mencionado custodio local\u201d.<\/strong>\u00a0En el caso que dichos Valores Negociables sean aplicados a la liquidaci\u00f3n de operaciones en moneda extranjera y en jurisdicci\u00f3n local\u00a0\u201cel plazo m\u00ednimo de tenencia ser\u00e1 de un d\u00eda h\u00e1bil a computarse de igual forma\u201d.<\/strong><\/p>\r\n

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En la resoluci\u00f3n publicada este lunes en el Bolet\u00edn Oficial se desarroll\u00f3 que en el caso de las operaciones, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo, de compraventa de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en d\u00f3lares estadounidenses emitidos por la Rep\u00fablica Argentina, por parte de las subcuentas comitentes no alcanzadas por la normativa, y para el conjunto de esos valores negociables, se deber\u00e1 observar, al cierre de cada semana del calendario, que\u00a0la cantidad de valores negociables vendidos con liquidaci\u00f3n en moneda extranjera y en jurisdicci\u00f3n extranjera no podr\u00e1 ser superior a: 50.000 nominales respecto de la cantidad de valores negociables, emitidos bajo ley local, comprados con liquidaci\u00f3n en dicha moneda y jurisdicci\u00f3n, y 50.000 nominales respecto de la cantidad de valores negociables, emitidos bajo ley extranjera, comprados con liquidaci\u00f3n en dicha moneda y jurisdicci\u00f3n. Dichos l\u00edmites resultan aplicables para cada subcuenta comitente como para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto.<\/mark><\/p>\r\n

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Las nuevas restricciones podr\u00edan disparar el precio del d\u00f3lar libre<\/strong><\/p>\r\n

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En la previa a la oficializaci\u00f3n de la norma, economistas y consultoras analizaron el impacto de la misma. \u201cEstas medidas demuestran que tienen escasas reservas y mucha vocaci\u00f3n por intervenir\u201d, manifest\u00f3 el analista financiero\u00a0Salvador Dist\u00e9fano.<\/strong><\/p>\r\n

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En las \u00faltimas semanas el volumen de operaciones con el bono AL 30, surgido del canje de deuda, hab\u00eda aumentado exponencialmente. Se trata del t\u00edtulo que utiliza el Banco Central para salir a calmar la presi\u00f3n cambiaria y evitar que siga aumentando la brecha, que ya est\u00e1 cerca del 75%. Ahora se dispuso un l\u00edmite de compra semanal de apenas USD 50.000 por inversor.<\/p>\r\n

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Un informe de\u00a0Consultatio<\/strong>\u00a0advirti\u00f3 sobre el cierre de semana la preocupaci\u00f3n por la suba de la brecha y preanunciaba las \u00faltimas medidas: \u201cEs peligroso que siga creciendo por encima del 80%, porque generar\u00eda un impacto negativo sobre otros activos\u201d.<\/strong>\u00a0La misma consultora plante\u00f3 un panorama en el que el Banco Central, seg\u00fan esas estimaciones, se ver\u00eda obligado a vender unos USD 4.000 millones en el mercado cambiario entre julio y noviembre. Esto se explica porque bajar\u00e1 sustancialmente la liquidaci\u00f3n de divisas del campo y crece la demanda de divisas de parte de importadores, empresas que precisan pagar deuda y los compromisos del Gobierno con organismos. Por el lado de la balanza tur\u00edstica el efecto es marginal por la escasa cantidad de argentinos que est\u00e1n autorizados a viajar al exterior.<\/p>\r\n

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Otro c\u00e1lculo corri\u00f3 por cuenta del economista\u00a0Pablo Gold\u00edn<\/strong>, de la consultora Macroview: \u201cEl Gobierno tiene unos USD 7.000 millones de reservas netas, pero est\u00e1n muy comprometidas en los pr\u00f3ximos meses.\u00a0As\u00ed que lo \u00fanico que le queda es endurecer m\u00e1s el cepo, seguramente restringiendo importaciones o los pagos de deuda a las empresas, que ya se hab\u00edan acotado desde fines del a\u00f1o pasado\u201d.<\/strong><\/p>\r\n

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