{"id":32470,"date":"2020-05-11T08:52:06","date_gmt":"2020-05-11T11:52:06","guid":{"rendered":"http:\/\/www.senderomultimedios.com.ar\/?p=32470"},"modified":"2020-05-11T08:52:25","modified_gmt":"2020-05-11T11:52:25","slug":"el-gobierno-oficializo-la-extension-de-la-cuarentena-obligatoria-punto-por-punto-cuales-son-las-nuevas-exigencias-para-la-flexibilizacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.senderomultimedios.com.ar\/el-gobierno-oficializo-la-extension-de-la-cuarentena-obligatoria-punto-por-punto-cuales-son-las-nuevas-exigencias-para-la-flexibilizacion\/","title":{"rendered":"El Gobierno oficializ\u00f3 la extensi\u00f3n de la cuarentena obligatoria: punto por punto, cu\u00e1les son las nuevas exigencias para la flexibilizaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"
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El Gobierno nacional oficializ\u00f3 la pr\u00f3rroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 24 de mayo, y detall\u00f3 las nuevas exigencias para exceptuar actividades en medio de la pandemia de coronavirus y la agravante situaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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A trav\u00e9s del\u00a0Bolet\u00edn Oficial\u00a0<\/b>se decret\u00f3, este lunes, la extensi\u00f3n de la cuarentena por dos semanas m\u00e1s como principal medida de prevenci\u00f3n para evitar nuevos contagios, luego de\u00a0la jornada en la que se registr\u00f3 el mayor n\u00famero de infectados: 258 nuevos casos.\u00a0En la norma el Gobierno realiza diferencias entre las diferentes zonas del pa\u00eds y la flexibilizaci\u00f3n no ser\u00e1 para todos por igual.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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Alberto Fern\u00e1ndez decidi\u00f3 las modificaciones en la continuidad de la cuarentena siguiendo las recomendaciones de los expertos en epidemiolog\u00eda que lo asesoran y tras consensuar con los gobernadores y el jefe de Gobierno porte\u00f1o las decisiones de acuerdo a la situaci\u00f3n particular de cada regi\u00f3n. En ese sentido, el Gobierno justific\u00f3 la pr\u00f3rroga del aislamiento social ampar\u00e1ndose en datos duros: El 83% de los Departamentos del pa\u00eds no registr\u00f3 casos positivos en los \u00faltimos 14 d\u00edas, localiz\u00e1ndose la totalidad de casos confirmados en las \u00faltimas dos semanas en el 17% restante; el 41% de la poblaci\u00f3n total reside en Departamentos que han notificado casos confirmados en grandes aglomerados urbanos, \u201ccon circulaci\u00f3n comunitaria\u201d; y que el tiempo de duplicaci\u00f3n de casos a la fecha supera los 25 d\u00edas y solo se mantiene por debajo de ese n\u00famero en el \u00c1rea Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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Por ello, \u201cla presente medida resulta necesaria con el fin de continuar controlando el impacto de la epidemia en cada jurisdicci\u00f3n y, al mismo tiempo, habilitar en forma paulatina la realizaci\u00f3n de nuevas actividades productivas. Para ello se requiere avanzar hacia la implementaci\u00f3n de diversas medidas que atiendan las diversas situaciones locales que se han manifestado de manera distinta a lo largo del pa\u00eds\u201d, se anunci\u00f3.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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En\u00a0Departamentos o Partidos de hasta 500 mil habitantes<\/mark>\u00a0\u201cy siempre que no formen parte de los aglomerados urbanos cuya poblaci\u00f3n supere ese n\u00famero\u201d, los gobernadores pueden disponer nuevas excepciones a la cuarentena, previa aprobaci\u00f3n de las autoridades sanitarias provinciales, y deber\u00e1n contar con un protocolo para implementar en cada actividad flexibilizada.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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En todos los casos,\u00a0las autoridades provinciales deber\u00e1n constatar en cada Departamento o Partido el cumplimiento de los requisitos exigidos de acuerdo a los siguientes par\u00e1metros epidemiol\u00f3gicos y sanitarios:<\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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– Que el sistema de salud cuente con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la potencial demanda sanitaria.<\/b><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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– Que exista una evaluaci\u00f3n positiva de las autoridades sanitarias respecto del riesgo socio-sanitario con relaci\u00f3n a la densidad poblacional del \u00e1rea geogr\u00e1fica involucrada.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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– Que la proporci\u00f3n de personas exceptuadas del \u201caislamiento social, preventivo y obligatorio\u201d, no supere el 75 % de la poblaci\u00f3n total del Departamento o Partido.<\/b><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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– Que el Departamento o Partido comprendido en la medida no est\u00e9 definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos \u201ccon transmisi\u00f3n local o por conglomerado\u201d.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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De no cumplirse alguno de los indicadores, no se podr\u00e1 disponer de excepci\u00f3n alguna, \u201cy esta prohibici\u00f3n alcanzar\u00e1 a todo el aglomerado urbano que incluye sus zonas lindantes\u201d, se aclar\u00f3.<\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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\"(Franco<\/p>\n<\/div>

(Franco Fafasuli)<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/div>\n
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Nuevas excepciones en Departamentos o Partidos de m\u00e1s de 500 mil habitantes, excepto AMBA<\/b><\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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En el caso de los lugares\u00a0con m\u00e1s que de 500 mil habitantes<\/b>,\u00a0y siempre que no integren el \u00c1rea Metropolitana de Buenos Aires<\/mark>, los gobernadores podr\u00e1n incluir nuevas actividades cuando el protocolo para el funcionamiento de estas se encuentre incluido en el \u201cAnexo de Protocolos autorizados por la autoridad sanitaria nacional\u201d, que se incluy\u00f3 este lunes junto con el decreto presidencial. \u201cPara disponer la excepci\u00f3n, deber\u00e1n contar con la aprobaci\u00f3n previa de la autoridad sanitaria provincial, ordenar la implementaci\u00f3n del indicado protocolo y comunicar la medida en forma inmediata al Ministerio de Salud de la Naci\u00f3n\u201d, se inform\u00f3.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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En el caso de que la actividad que se pretende habilitar no figure en el mencionado anexo, el Poder Ejecutivo provincial deber\u00e1 requerirlo -previa intervenci\u00f3n de la autoridad sanitaria provincial- a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Naci\u00f3n. En estos casos, si el Ministerio de Salud lo dispone, Santiago Cafiero ser\u00e1 el encargado de habilitar la nueva excepci\u00f3n solicitada.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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Cabe destacar que la aceptaci\u00f3n estar\u00e1 sujeta al cumplimiento de los par\u00e1metros epidemiol\u00f3gicos mencionados anteriormente con el agregado de que \u201cel tiempo de duplicaci\u00f3n de casos confirmados de COVID-19 no deber\u00e1 ser inferior a 25 d\u00edas\u201d.<\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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\u201cSolo se podr\u00e1n disponer excepciones si el empleador garantiza el traslado de los trabajadores, sin la utilizaci\u00f3n del servicio p\u00fablico de transporte de pasajeros de colectivos y trenes\u201d.<\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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Nuevas excepciones en el AMBA<\/b><\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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La regi\u00f3n metropolitana de Buenos Aires es la zona con mayor n\u00famero de contagios de coronavirus de todo el pa\u00eds, y por ende la que mayor preocupa al Gobierno Nacional, porte\u00f1o y bonaerense. En este contexto,\u00a0para evaluar la aprobaci\u00f3n de nuevas excepciones a la cuarentena, tanto Horacio Rodr\u00edguez Larreta como Axel Kicillof deber\u00e1n solicit\u00e1rselo al jefe de Gabinete.\u00a0<\/b>Deber\u00e1n contar con la aprobaci\u00f3n de las respectivas autoridades sanitarias e indicar el protocolo que se implementar\u00e1 para cada caso, \u00abpudiendo adherir a uno de los incluidos en el \u2018Anexo de Protocolos autorizados por la autoridad sanitaria nacional\u2019\u201d. Si la actividad que se pretende autorizar no contara con el protocolo previamente aprobado, deber\u00e1n acompa\u00f1ar la solicitud con una propuesta de protocolo que contemple, \u201ccomo m\u00ednimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional\u201d.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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El jefe de Gabinete podr\u00e1 autorizar el pedido tal como se lo solicita o limitando la excepci\u00f3n a determinadas \u00e1reas geogr\u00e1ficas, de acuerdo a la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica de cada lugar y el an\u00e1lisis de riesgo.\u00a0<\/b>En casa caso har\u00e1 falta la intervenci\u00f3n previa de la cartera que conduce Gin\u00e9s Gonz\u00e1lez Garc\u00eda.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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La potencial flexibilizaci\u00f3n de actividades en el AMBA est\u00e1 sujeta a\u00a0que los empleadores garanticen el traslado de los trabajadores sin la utilizaci\u00f3n del transporte p\u00fablico.<\/b>\u00a0\u201cPara ello podr\u00e1 contratar servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, veh\u00edculos habilitados para el servicio de taxi, remis o similar, siempre que estos \u00faltimos transporten en cada viaje un solo pasajero o pasajera\u201d.<\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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El AMBA abarca a la zona urbana com\u00fan que conforman la Ciudad de Buenos Aires, y 40 municipios bonaerenses: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Ca\u00f1uelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverr\u00eda, Exaltaci\u00f3n de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodr\u00edguez, General San Mart\u00edn, Hurlingham, Ituzaing\u00f3, Jos\u00e9 C. Paz, La Matanza, Lan\u00fas, La Plata, Lomas de Zamora, Luj\u00e1n, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Mor\u00f3n, Pilar, Presidente Per\u00f3n, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente L\u00f3pez y Z\u00e1rate.<\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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Monitoreo de la evoluci\u00f3n epidemiol\u00f3gica<\/b><\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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En el art\u00edculo 6 del decreto, se encarg\u00f3 a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires que cuando se autoricen actividades industriales, de servicios o comerciales, deber\u00e1n realizar en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Naci\u00f3n, el\u00a0monitoreo de la evoluci\u00f3n epidemiol\u00f3gica y de las condiciones sanitarias\u00a0<\/b>correspondientes. El informe de situaci\u00f3n deber\u00e1 remitirse de forma semanal a la cartera sanitaria nacional para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la poblaci\u00f3n. \u201cSi las autoridades provinciales o de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires detectaren un signo de alerta epidemiol\u00f3gico o sanitario, deber\u00e1n comunicarlo de inmediato\u00bb.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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Si el Ministerio de Salud detectare una situaci\u00f3n de riesgo epidemiol\u00f3gico o sanitario, deber\u00e1 recomendar a la Jefatura de Gabinete la adopci\u00f3n de medidas pertinentes. Si Cafiero lo dispone, podr\u00e1\u00a0dar marcha atr\u00e1s y suspender la excepci\u00f3n dispuesta<\/b>\u00a0en esta nueva fase de la cuarentena. La suspensi\u00f3n rige tambi\u00e9n en el caso de que las autoridades sanitarias provinciales o de la Ciudad incumplan en la entrega del \u201cInforme de Seguimiento Epidemiol\u00f3gico y Sanitario COVID-19\u201d, o incumpla con la carga de informaci\u00f3n exigida.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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Actividades que continuar\u00e1n prohibidas<\/b><\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n

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El Gobierno repas\u00f3 el listado de actividades que continuar\u00e1n prohibidas en esta nueva fase de la cuarentena. Clases en todos sus niveles; eventos p\u00fablicos y privados sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra \u00edndole que implique la concurrencia de personas; centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio p\u00fablico o privado que implique concurrencia de personas; actividades tur\u00edsticas; apertura de parques, plazas o similares.<\/p>\n

Junto al decreto que lleva la firma del Presidente y de todos los ministros, se acompa\u00f1\u00f3 un anexo en el que detalla los protocolos para la prevenci\u00f3n y control del COVID-19 a implementarse en 18 actividades y rubros que reabrir\u00e1n sus puertas tras m\u00e1s de 50 d\u00edas de parate. En efecto, la autoridad sanitaria nacional autoriz\u00f3 protocolos espec\u00edficos para:\u00a0automotriz y autopartes; electr\u00f3nica y electrodom\u00e9sticos; indumentaria; productos del tabaco; metalurgia, maquinaria y equipos; calzado; gr\u00e1fica, ediciones e impresiones; madera y muebles; juguetes; cemento; productos textiles; manufacturas del cuero; neum\u00e1ticos; bicicletas y motos; qu\u00edmica y petroqu\u00edmica; celulosa y papel; pl\u00e1sticos y subproductos; y cer\u00e1micos.<\/mark><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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